OPERACIONES VINCULADAS
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Retribución de socios, distinción entre retribuciones laborales y profesionales
La Dirección General de los Tributos ha aclarado la tributación de las retribuciones a socios en su papel de administradores y por la prestación de servicios. Estas pueden clasificarse como rendimientos del trabajo o actividades profesionales según la Ley 35/2006 del IRPF, dependiendo de diversas condiciones fiscales y legales.